Con la decisión judicial firmada por los jueces Sergio Fernández y Jorge Morán, el Gobierno debe decidir cuál será el próximo paso: implementar las partidas presupuestarias y los desembolsos que prevé la Ley o apelar a la última instancia posible antes, un recurso extraordinario ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
Los equipos legales de la Presidencia de la Nación, la Procuración del Tesoro y, principalmente, el del Ministerio de Capital Humano, están evaluando la factibilidad de realizar este movimiento. El responsable de la interlocución con las universidades es el subsecretario de Políticas Universitarias, Alejandro Álvarez, quien responde a la ministra Sandra Pettovello. Este tema en particular es uno que tiene interrelación total con la política fiscal que ejecuta el ministro de Economía, Luis Caputo.
El vicerrector de la UBA, Emiliano Yacobitti, recordó que “el PEN debe cumplir con la ley” y que la omisión podría constituir “un caso de gravedad institucional sin precedentes que podría configurar causal de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos”. Añadió que aunque el Estado recurra a la Corte Suprema, la propia jurisprudencia del alto tribunal sostiene que las medidas cautelares no son sentencias definitivas y, por lo tanto, escapan a su competencia.
Desde la transferencia de las competencias educativas a las provincias realizada décadas atrás, Nación solo tiene potestad en el financiamiento de la educación universitaria. En el marco de la política de recorte del gasto público encabezado por el presidente Javier Milei, los rectores de las Universidades Nacionales, asociaciones estudiantiles y los sindicatos docentes y no docentes han estado reclamando mayores partidas desde principios de 2024.
Un comunicado del Consejo Interuniversitario Nacional (CIN) publicado el viernes pasado marca que las transferencias a universidades nacionales registran una caída real acumulada del 45,6 % entre 2023 y 2026. La gran mayoría del presupuesto que se destina para las casas de estudio corresponde para el pago de personal.
Los salarios universitarios acumulan un incremento del 158% desde la asunción de Milei, mientras que la inflación acumulada en el mismo período alcanza el 280%. “Esto implica una pérdida de poder adquisitivo del orden del 32%. Para tener un orden de magnitud de dicha pérdida en el tiempo, el deterioro sistemático del poder adquisitivo del salario equivale a la pérdida de, aproximadamente, 7,3 salarios mensuales en el período considerado, tomando como base el salario de noviembre de 2023″, informan.
La decisión judicial ratificada por la Cámara impone la ejecución de los artículos 5 y 6 de la Ley 27.795, que estipulan la actualización salarial de docentes y no docentes entre el 1 de diciembre de 2023 y la fecha de sanción, en septiembre de 2025. También dispone que se repongan todos los programas de becas para estudiantes universitarios. El fallo descarta que la aplicación de la ley pueda afectar los fondos públicos de modo relevante. En palabras de los jueces Sergio Fernández y Jorge Morán, el impacto fiscal de la cautelar “es bajo y no se afecta sustancialmente el interés público”, enfatizando que está en juego “un derecho central de la Constitución como la educación superior pública”.
fuente: infobae
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