Esta normativa reemplaza una regulación que llevaba más de 30 años vigente y establece un nuevo marco en la organización de recorridos, horarios y precios por parte de las empresas.
En ese sentido, las empresas tendrán la libertad de fijar recorridos, horarios, precios, duración de los servicios e incluso los puntos de ascenso y descenso de pasajeros que estén autorizados por la jurisdicción local respectiva de manera autónoma.
Otro de los puntos más destacados de la nueva norma es la creación del Registro Nacional del Transporte de Pasajeros, el cual será de acceso público y gratuito y se podrá gestionar de manera online.
Las empresas y transportistas que ya estaban registradas no tendrán que hacerlo nuevamente. Sí deberán registrarse las nuevas que, una vez inscriptas, obtendrán de manera automática la habilitación para operar luego de cinco días, aplicando de esta forma la nueva metodología de “silencio positivo” ya implementada por el Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado. De este modo, llegado el momento de vencimiento del plazo administrativo de un trámite, se concede y autoriza, para agilizar el procedimiento y no perjudicar al usuario.
La medida entrará en vigor dentro de 60 días, cuando se completen las actualizaciones tecnológicas necesarias, bajo la supervisión de la Secretaría de Transporte de la Nación.
fuente: infobae y misionesonline
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