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Prohíben el uso de agroquímicos en 250 mil hectáreas de islas del Paraná

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Prohíben el uso de agroquímicos

El juez federal de Paraná, Daniel Edgardo Alonso, determinó mediante una medida cautelar la «prohibición absoluta del uso de agroquímicos, plaguicidas y/o sustancias contaminantes de cualquier naturaleza» para tareas agrícolas dentro de las 250.000 hectáreas que abarca el archipiélago de las Lechiguanas, informaron el jueves fuentes judiciales.

 

A su vez, el magistrado ordenó la prohibición de «la quema de recursos naturales, actividades que impliquen riesgo de incendio aún de carácter accidental; construcción, modificación o mantenimiento de diques y terraplenes de cualquier naturaleza o realización de actividades que pongan en riesgo el ecosistema identificado en la demanda».

 

La demanda para proteger esa vasta zona de humedales fue interpuesta por las asociaciones civiles Unidos por la Vida y el Medio Ambiente, Cuenca Río Paraná y Foro Medio Ambiental contra Fabio Ernesto Di Fonzo, Juan Pedro Nazar y la empresa de su propiedad, Mapuche SRL. que se dedica a la explotación agrícola y ganadera.

 

Las 250.000 hectáreas del archipiélago de las islas Lechiguanas están ubicadas en la zona del Delta del departamento Gualeguay, en el sur de la provincia de Entre Ríos, frente a la ciudad bonaerense de San Nicolás, delimitadas por el río Paraná.

 

«Celebramos que un territorio tan abarcativo de humedales y tan lleno de biodiversidad haya quedado libre de agroquímicos», dijo a Télam el abogado de la asociación civil Foro Medio Ambiental, Fabian Maggi.

 

«La zona de la que hablamos fue primero incendiada, sembrada y luego fumigada, por eso decimos que la utilización de agroquímicos agrega otro factor de gravedad a los ataques que sufre ese ecosistema de islas», remarcó.

 

«El fallo tiene como signo distintivo que no establece distancias a respetar para la fumigación como es habitual, sino que prohíbe el uso de agroquímicos en todo el territorio de las islas Lechiguanas», señaló.

 

«Esto es inédito», consideró y explicó que «todos los fallos sobre el tema establecen distancias variadas respecto de poblaciones pero siempre permiten el uso de los agrotóxicos».

 

«Además, no hubo vecinos implicados en la demanda, no se denunció que tal persona es víctima de agrotóxicos, que respira ese aire contaminado o que lo tiene en la sangre, sino que la prohibición fue dictada por el juez pura y exclusivamente en torno a la protección del ecosistema y la naturaleza como ente de derecho propio», enfatizó.

 

Fuente: Télam

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