Debido a la medida de aislamiento obligatorio tomada por el Gobierno Nacional, y acatada por todas las provincias, es importante conocer y difundir la reglamentación en casos de discapacidad para poder circular.
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Por ello desde el Consejo Provincial de Discapacidad dependiente de la Vicegobernación de Misiones informan que respecto a la Resolución 77/2020 de la Agencia Nacional de Discapacidad podrán realizar salidas breves personas con discapacidad sin síntomas de COVID 19 y que no pertenezcan a grupos de riesgo como mayores de 70 años, con enfermedades respiratorias, inmunodeficiencias, diabetes, embarazadas o cualquier otra patología de las indicadas por las autoridades sanitarias. Este permiso queda a disposición de cada persona.
Estas salidas breves significan, paseos a no más de 500 metros de su residencia, acompañados por una sola persona si fuera necesario, cumpliendo con la distancia social de metro y medio como mínimo, utilizando barbijo o tapabocas y siguiendo el siguiente cronograma:
– Los días lunes, miércoles y viernes, las PcD cuyo último número de DNI sea 1, 2, 3, 4 y 5.
– Los días martes, jueves y sábados, las PcD cuyo último número de DNI sea 6, 7, 8, 9 y 0.
En cada salida deberán tener Certificado Único de Discapacidad (CUD) o el turno de actualización del mismo si está vencido; acompañados por su DNI.
Respecto a las prestaciones domiciliarias
La atención será presencial sólo si es necesario, impostergable y si no puede hacerse de manera virtual.
No será posible de manera presencial si alguna de las personas del domicilio, el profesional o incluso el paciente tiene alguno de los síntomas de COVID 19
En la visita se deben cumplir todas las medidas de prevención y cuidado contra el COVID 19.
DL / Cp
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