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Prohíben las aplicaciones de delibery hasta que cumplan con las normas de seguridad

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El juez Roberto Gallardo ordenó al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires que impida el funcionamiento de Rappi, Glovo y Pedidos Ya. Exige que los empleados tengan casco y luces reglamentarias en sus bicicletas.

 

Un juez porteño ordenó prohibir la actividad de las aplicaciones telefónicas de delivery hasta que esas compañías cumplan “requisitos mínimos legales” de seguridad para los empleados, que incluyen luces reglamentarias, casco, seguros y libreta sanitaria.

 

El fallo fue firmado por el titular del juzgado 2 en lo Contencioso Administrativo y Tributario, Roberto Gallardo, que exhortó al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires a impedir que empresas como Rappi, Glovo y Pedidos Ya continúen funcionando mientras no cumplan con determinadas exigencias incluidas en el Código de Tránsito y Transporte porteño.

 

El magistrado señaló que “como surge del relevamiento efectuado por la Policía de la Ciudad, el servicio de mensajería urbana y reparto a domicilio de sustancias a domicilio llevado a cabo en la CABA por las firmas prestatarias, se realiza en franca transgresión a la normativa vigente, y sin que se les exija al menos, dar cumplimiento a las normas básicas en materia de seguridad”.

 

Según recordó la sentencia del juez Gallardo, la Policía de la Ciudad realizó un relevamiento de más de 400 motos y bicicletas, en el que concluyó que el 77% circulaba con el portaobjetos cargado en su espalda, lo que está prohibido para el transporte de sustancias alimenticias, el 70% desempeñaba tareas sin seguro alguno y por último un 67% transitaba sin casco.

 

Además, advirtió que “es necesario aplicar las medidas coercitivas necesarias para lograr que se dé cumplimiento estricto y sin demora a las disposiciones contenidas en el Código y en su decreto reglamentario, al menos en lo atinente a utilización de casco, de luces reglamentarias, y en caso de llevar caja portaobjetos, que la misma se encuentre asegurada al vehículo, así como existencia de seguro y de libreta sanitaria en caso de transporte de sustancias alimenticias (artículos)”.

 

Según información del ministerio de Salud porteño que consta en el expediente, el Gobierno advirtió que en el lapso de un mes, y siempre hablando del sistema público de Salud de la Ciudad, se atendieron 25 víctimas de accidentes en la vía pública que trabajaban para esas tres aplicaciones de delivery mientras desempeñaban su tarea.

 

El juez Gallardo es el mismo que hace dos meses había ordenado a Metrovías, empresa concesionaria de la red de subtes de la Ciudad de Buenos Aires, que no cobre boleto a los usuarios en las estaciones donde no funcione alguna escalera mecánica o ascensor, una sentencia que fue apelada por la compañía.

 

(Fuente: TN)

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