Un mes después de que el Gobierno firmara el acuerdo de intercambio de información tributaria con la administración de Joe Biden, el Tesoro de los Estados Unidos publicó en su sitio oficial el entendimiento que rige desde el 1° de enero de 2023. Sin embargo, el envío automático de datos de cuentas de argentinos en ese país llegaría en septiembre de 2024. Paralelamente, el Gobierno busca aprobar un blanqueo de capitales en sesiones extraordinarias del Congreso.
Los datos del acuerdo aplican a las cuentas individuales, de sociedades integradas por argentinos y de ciudadanos argentinos integrantes de sociedades en aquel país.
En el convenio que firmaron el ministro de Economía, Sergio Massa, el embajador de Estados Unidos en la Argentina, Marc Stanley, y el jefe de la AFIP, Carlos Castagneto, se había establecido que “la información de este acuerdo se intercambiará a más tardar nueve meses después del final del año calendario al que se refiere la información o el próximo 30 de septiembre después de que entre en vigor la obligación de la Parte de intercambiar información conforme al Artículo 2″.
Sebastián Domínguez, Ceo de SDC Asesores Tributarios, explicó que en el caso de los acuerdos con la Argentina y Vietnam, “Estados Unidos no ha querido enviarles información retroactiva al momento de la firma a estos dos países”.
De todos modos, aclaró: “Si está vigente el intercambio de información a requerimiento, por lo que Argentina puede solicitar datos en forma concreta y en ese caso, lo analizará Estados Unidos y podrá contestar o no”.
Cómo es el mecanismo que instruyó la AFIP para que los bancos remitan la información fiscal
Tras el acuerdo para intercambiar información tributaria con Estados Unidos, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) estableció el mecanismo por el cual los bancos deberán remitir una vez al año información fiscal de personas estadounidenses que posean cuentas en la Argentina.
A partir de ahora, las entidades financieras argentinas tendrán que remitir una vez por año a la AFIP la identificación del titular de la cuenta, el saldo o valor de la misma al finalizar el año calendario o al momento inmediatamente anterior, si fue cerrada, y los intereses o dividendos obtenidos con esas inversiones.
Los procedimientos se diferencian según se trate o no de cuentas preexistentes a la fecha de entrada del acuerdo, si pertenecen a personas humanas o jurídicas, y el monto de los saldos, indicaron desde la AFIP.
La AFIP estableció que la información debe ser remitida por las entidades financieras hasta el 30 de junio del año siguiente al que corresponde el reporte. De esta forma, el organismo enviará la información al Internal Revenue Service (IRS) como máximo hasta el 30 de septiembre de cada año.
Además, el organismo que comanda Carlos Castagneto recibirá de manera similar por parte de su par estadounidense la información fiscal relativa a argentinos que posean activos en ese país.
Los datos que EE.UU remitirá serán:
- Identificación del titular de cuenta;
- Número de cuenta;
- Identificación de la entidad financiera;
- Monto bruto de intereses o dividendos pagados en la cuenta;
- Monto bruto de otras fuentes de ingresos de origen americano acreditados en la cuenta.
Estados Unidos debe remitir una nota a Argentina que dé cuenta del cumplimiento de los correspondientes estándares de seguridad de la información y de la infraestructura para el intercambio automático, recordaron desde el organismo recaudador argentino.
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— misionesonline.net (@misionesonline) January 4, 2023
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