Hoy es el Día del Trabajador Municipal, un gran reconocimiento por la vocación y por el servicio que demuestran diariamente en sus tareas desde todas las reparticiones municipales, brindando sus conocimientos y experiencias para el logro de los objetivos propuestos al servicio de la comunidad.
El Día del Trabajador Municipal se celebra en conmemoración del 8 de noviembre de 1959, cuando se constituyó la Confederación de Obreros y Empleados Municipales de la República Argentina (COEMA), la organización sindical que agrupa a todas las Federaciones de Trabajadores Municipales de las provincias.
La COEMA nació en el seno de la revolución sindical durante la presidencia de Arturo Frondizi y con las 62 organizaciones como base, teniendo como fin organizar y unificar a todas las federaciones, sindicatos y uniones municipales de la Argentina.
Hoy, es un día para celebrar y descansar. Por este motivo habrá asueto administrativo en todas las municipalidades de la provincia y el país. La celebración constituye un día trascendente para los trabajadores, por lo que cabe reconocimiento para que puedan disfrutar en compañía de sus compañeros y familiares.
Con este pequeño reconocimiento, recordamos el esfuerzo y la vocación de servicio brindada por cada trabajador día tras día.
Día del Trabajador Municipal: La municipalidad y el municipio
Habitualmente se utiliza los términos municipio y municipalidad como sinónimos. Sin embargo, es posible establecer una diferencia entre ambas denominaciones.
El municipio es un espacio territorial, social y político. Está conformado por el gobierno local, la población que lo habita y una determinada extensión de territori.
En tanto, la municipalidad es el gobierno local conformado por el Departamento Ejecutivo, que encabeza un intendente, y el Departamento Legislativo, es decir, el Concejo Deliberante.
Una municipalidad está ejercida por funcionarios elegidos democráticamente y por los equipos de trabajo que integran agentes de carrera, además de incorporaciones políticas. Además, la misma podrá llevar adelante una gestión que capte la necesidades del municipio, que impulse o apoye la actividad privada, que potencie el desarrollo individual, que facilite y respalde la participación de la comunidad.
Es claro, cuando se ve la diferencia entre un término y otro, que no es el espacio territorial, el municipio, el que se ocupa de dar servicios a los vecinos; sino el gobierno municipal, es decir, la municipalidad. Del mismo modo puede decirse sin dudar que todos los vecinos integran el municipio, pero no todos son trabajadores municipales.
Indudablemente, por momentos, es fácil confundir los términos «municipio» y «municipalidad» por la natural e imprescindible interacción que debe haber entre ambos. Sin embargo, nunca está de más entender la real diferencia entre uno y otro.
¿Qué función cumple una municipalidad?
Las municipalidades son instancias descentralizadas correspondientes a los niveles de gobierno local, que emanan de la voluntad popular.
Posee autonomía municipal, la cual consiste en la capacidad de gestión independiente dentro de los asuntos atribuidos como propios de la municipalidad. Es decir, autonomía municipal es la capacidad de decidir y ordenar (autonormarse), dentro de sus funciones y competencias exclusivas que no pueden ser ejercidas por ninguna otra institución.
En Argentina, cada Provincia está dividida en Departamentos, salvo en el caso de la Provincia de Buenos Aires donde reciben la denominación de partidos. Cada departamento está a su vez dividido en distritos y éstos en localidades. Las localidades se clasifican administrativamente principalmente en función del número de habitantes. La naturaleza, composición y competencias del gobierno de cada localidad depende de su rango, estableciéndose en las diferentes constituciones los criterios de clasificación y las formas de gobierno.
Las localidades que superan un cierto número de habitantes, o por declararlo una ley provincial, se denominan Municipios estando gobernadas por una Municipalidad cuya rama ejecutiva es ejercida por el Intendente (o Viceintendente) elegido por sufragio universal directo, y cuya rama legislativa, con potestad para la sanción de Ordenanzas Municipales, es ejercida por un Concejo Deliberante, siendo el número de concejales función del número de habitantes del municipio del último censo realizado.
El resto de localidades que cumplan unos requisitos mínimos (existencia de casco urbano, por ejemplo) podrán ser gobernadas por una Comisión de Fomento que constará de un Presidente y varios Vocales.
En ambos casos se establecerán los límites del Ejido Municipal que será gobernado por la Municipalidad o la Comisión. Esta estructura administrativa es dinámica y tiene el propósito de colaborar en la descentralización del Estado.
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— misionesonline.net (@misionesonline) November 6, 2021
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