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Presentan un amparo para que Don Casimiro y las demás empresas de EUTA sean eximidas de presentar planillas de francos y servicios ante el ministerio de Trabajo

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Exigen una medida cautelar que se las exima de la responsabilidad de presentar mensualmente ante el ministerio de Trabajo planillas que faciliten el control de cumplimiento de los horarios de descanso de los choferes. Reconocen que a raíz de un reclamo gremial, habían firmado un acuerdo que las comprometía a presentar dichas planillas, pero argumentan que no deberían seguir haciéndolo porque –según las empresas- no hay copias de dicho acuerdo. Entienden además esa obligación resulta discriminatoria porque no alcanza a las demás compañías del rubro.

 

Eugenia Ruiz, apoderada de la empresa Nuestra Señora del Rosario, presentó un recurso de amparo a través del cual solicita que el ministerio de Trabajo de la Provincia deje de intimar a su empresa para que presente mensualmente planillas de diagramas de francos y servicios. Si bien la única firmante es Nuestra Señora del Rosario, el amparo busca beneficiar también a las demás integrantes de Empresarios Unidos del Transporte Automotor (EUTA), las empresas Don Casimiro y Tipoka.

 

A través del amparo, Nuestra Señora del Rosario solicita que el ministerio de Trabajo deje de exigirles a las mencionadas empresas que presenten todos los meses ante ese organismo una serie de planillas en la que informan los días y horarios en los que sus choferes estarán de servicio y cuáles serán sus días de franco.

 

La práctica de presentar esas planillas inició en 2014 como respuesta a una exigencia del gremio que denunciaba que las mencionadas empresas no les estaban dando a sus trabajadores los descansos que por ley les correspondían. Ese planteo generó una huelga que se levantó después de la firma de un acuerdo que entre otros puntos, obligaba a las empresas a presentan las mencionadas planillas para facilitarle la tarea de control a la autoridad de aplicación.

 

 

 

Si bien en el propio texto del amparo la empresa Nuestra Señora del Rosario reconoce que dicho acuerdo efectivamente existió, plantea como uno de sus argumentos centrales para no cumplirlo, la supuesta inexistencia de copias de dicho acuerdo y el igualmente supuesto desconocimiento de su contenido.

 

Bajo el título “Hechos-antecedentes fácticos”, el escrito firmado por Ruiz relata que “a fines del año 2013, inicio del año 2014 en virtud de un conflicto de dimensiones importantes, generado entre el sector de las Empresas de Transporte y la organización gremial, que nuclea a los trabajadores, UTA Unión Tranviaria Automotor, a los fines de dar por terminado dicho conflicto, se acuerda entre las entidades que contienen ambos grupos, EUTA Y UTA, una serie de medidas, las que incluían la presentación por ante el organismo de aplicación, de las planillas de diagramas de francos y servicios”.

 

Reconoce además que “desde el momento mismo del acuerdo varias empresas se acogieron en un 100% a lo convenido, cumpliendo de inmediato lo pactado”.

 

Luego, en el mismo escrito, la demandante resalta que en los años posteriores a 2014, el conflicto “se diluyó” a pesar de los cual Don Casimiro, Tipoka y Nuestra Señora del Rosario siguieron “cumpliendo con lo pactado”.

 

Curiosamente, después de reconocer la existencia del acuerdo entre la UTA y las empresas y que dicho acuerdo comprometía a las firmas a presentar las planillas ante Trabajo, la demandante asegura desconocer el contenido del acuerdo porque “no existen copias en poder de ninguna de las partes que suscribieron el mismo”.

 

Ante la supuesta inexistencia de copias del acuerdo, la demandante solicita que se libre oficio al ministerio de Trabajo y a la EUTA (o sea ellos mismos) en búsqueda de alguna copia del esquivo acuerdo, pero no hace extensiva la notificación a la UTA, uno de los firmantes del convenio y probablemente el más interesado en conservar una copia del mismo.

 

El pedido de amparo también habla de “discriminación”, en tanto solamente las empresas nucleadas en la EUTA son obligadas por Trabajo a presentar periódicamente esas planillas.

 

En ese sentido cabe aclarar que sobre las demás empresas de transporte no pesa esa obligación básicamente porque no fueron acusadas por el sindicato de incumplir horarios de descanso de sus choferes y en consecuencia nunca debieron firmar acuerdos que las obliguen a presentar planillas para facilitar la tarea de control del organismo de aplicación.

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