El Superior Tribunal de Justicia le denegó el Recurso Extraordinario Federal interpuesto por la defensa del instructor de tenis Rolando ‘Colimba’ Velázquez, condenado por haber violado en Apóstoles a dos mellizas de 14 años a los que les daba clases particulares, para que la Corte Suprema Justicia revise la sentencia. Ahora, el hombre tiene la posibilidad de llegar a la máxima instancia judicial del país vía “queja”.
El instructor fue castigado con 15 años de cárcel en 2014. El fallo lo dictó el Tribunal Penal Dos de Posadas, integrado en la ocasión por los jueces Roque Martín González, César Yaya y Ricardo Balor. Luego, fue el propio STJ el que confirmó la sentencia.
Velázquez fue acusado de haber manoseado primero, mostrado material pornográfico después y finalmente violado de manera reiterada a dos de sus alumnas a quienes impartía clases de tenis en un club céntrico apostoleño. La denuncia contra él se conoció a fines de noviembre de 2010.
“En mi opinión, más allá del meritorio esfuerzo de la defensa, no se cumplimenta con lo dispuesto en el inc. e) del art. 3 del Reglamento para la Interposición del Recurso Extraordinario Federal aprobado por la Acordada de la CSJN Nº 04/2007, toda vez que la parte interesada no logra desarticular adecuadamente los fundamentos que dan sustento a la decisión recurrida, careciendo de cuestión federal suficiente que habilite su instancia, ni una aplicación irrazonable o contradictoria de la normativa tenida en cuenta al momento de resolver, de acuerdo a los parámetros brindados por la CSJN. Nótese además que, la garantía del doble conforme ha quedado debidamente satisfecha, dado que se ha realizado una revisión integral de la sentencia atacada. Y digo esto, toda vez que este Tribunal ha brindado una respuesta a cada uno de los agravios y planteos efectuados por la defensa de Elvio Rolando Velázquez, como así también ha examinado los fundamentos que fueron expuestos por los jueces del tribunal de juicio”, consideró el ministro Jorge Antonio Rojas en su voto, el primero del STJ, al resolver el último planteo presentado por la defensa del instructor.
“Se advierte que el planteo formulado no demuestra acabadamente la vinculación directa de la cuestión federal con la materia del litigio que el recurrente pretende sea revisada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, ni la configuración de las transgresiones a principios y garantías constitucionales que genéricamente alega a lo largo del escrito recursivo”, sostuvo.
Al voto de Rojas adhirieron Ramona Beatriz Velázquez, Rosanna Pía Venchiarutti Sartori , Cristian Marcelo Benítez, María Laura Niveyro, Roberto Rubén Uset y Froilán Zarza.
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